DIRECCION DE ALUMNOS
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HORARIOS DE ATENCIÓN
Contacto: legajosyactas@frro.utn.edu.ar
HORARIO DE ATENCIÓN:
LUNES A VIERNES
09:00 a 12:00 hs y 14:00 a 19:00 hs
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HORARIO DE ATENCIÓN:
LUNES A JUEVES
09:00 a 12:00 hs y 17:00 a 20:00 hs.
Cambio de especialidad
El cambio de especialidad deberá realizarse en forma presencial en el Departamento Alumnos o a través del gestor de la Autogestión Alumnos.
Cursado simultaneo de carreras
La solicitud de cursado simultáneo de carreras deberá realizarse en forma presencial en el Departamento Alumnos o a través del gestor de la Autogestión Alumnos.
Ordenanza nº 1549 - Reglamento de estudios.
Preguntas frecuentes
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¿Quiénes pueden inscribirse a cursar una carrera en la FRRO de la UTN? Cualquier persona argentina o extranjera que este cursando el último año de sus estudios de nivel medio, que haya terminado sus estudios de nivel medio o que sin haberlos terminado tenga más de 25 años de edad (en este último caso deberá rendir un examen de los contenidos mínimos del nivel medio). ¿En qué momento del año me puedo inscribir para comenzar mis estudios? En los periodos establecidos por el Consejo Directivo que generalmente comienzan en el segundo cuatrimestre del año y se extienden hasta el mes de febrero del año siguiente. ¿Es condición necesaria para la inscripción realizar un curso de ingreso?, ¿Cómo tengo que hacer para inscribirme? Existe un Seminario Universitario que se presenta en distintas modalidades las cuales permiten al aspirante a ingreso adaptarlo a su realidad personal. La pre-inscripción al mismo se realiza a través de la página web de la Facultad en la sección de Ingreso. ¿Puedo anotarme al Seminario Universitario de Ingreso sin haber terminado la secundaria? Sí. El Seminario Universitario se puede realizar durante el último cuatrimestre del quinto o sexto año de la secundaria. ¿Hasta cuándo tengo tiempo de finalizar mis estudios secundarios? Según los reglamentos internos de la Universidad el plazo máximo para presentar el certificado o constancia de haber terminado los estudios de nivel medio es el 31 de agosto del año de ingreso. En caso de adeudar materias previas a esta fecha se podrá tramitar una prórroga ante el Consejo Superior Universitario, organismo que decidirá si la otorga o no. Si la escuela secundaria no me entrega el título, ¿puedo seguir cursando? Las escuelas siempre emiten una constancia de que el alumno ha concluido los estudios y que no adeudando materias se encuentra en trámite su título o certificado analítico. Esta constancia sirve para inscribirse y cursar en forma definitiva en la Facultad, debiendo el alumno entregar copia legalizada del certificado final de estudios una vez que lo tenga en su poder. Si soy egresado de una escuela técnica, ¿tengo algún beneficio para estudiar en la UTN? Sí. Hay algunas escuelas técnicas que cuentan con un convenio con la Facultad que les permite a los alumnos no realizar el Seminario Universitario. Para esto se deberá consultar en el Departamento Ingresos de la Facultad los alcances de estos convenios. ¿Es posible rendir alguna asignatura en condición libre? En la Universidad Tecnológica Nacional NO existe la condición de rendir asignaturas libre. Sin embargo algunas materias sí se pueden rendir bajo esta modalidad: “Sistemas de Representación”, “Fundamentos de Informática”, “Inglés I” e “Inglés II”. Si encuentro dificultades para avanzar en la carrera, para organizar mi plan de cursado o para rendir mis exámenes o cualquier otra problemática referida a la vida universitaria ¿Existe algún lugar donde pueda consultar sobre estas cuestiones? Sí. En el primer piso de nuestra Facultad contamos con un Área de Tutorías, donde tanto tutores profesionales de cada especialidad como tutores pares acompañan al alumno ante estas problemáticas. ¿Es obligatoria la asistencia a clases? Sí. Nuestro reglamento de estudios establece que el alumno para regularizar las materias debe tener como mínimo el 75 % de asistencia a clases. ¿Qué es el sistema de autogestión?, ¿Dónde obtengo la clave para acceder? El sistema de autogestión es una aplicación web que permite al alumno realizar los trámites de inscripción a cursado y a exámenes desde cualquier PC con acceso a internet, como así también consultar su estado académico, su historial de exámenes, las comisiones a las que se encuentra inscripto a cursar, entre otras cosas. Para acceder al sistema hay que solicitar el alta de la clave en el Departamento Alumnos. ¿Qué se entiende por Ciclo Lectivo? El Ciclo Lectivo es el período comprendido entre el primer día de clases de un año y el último día de exámenes del llamado del mes de marzo del año siguiente. NO coincide con el año calendario, se diferencia de este en que comienza en un año y termina en el siguiente. Por eso es importante recordar que los llamados a exámenes de los meses de febrero-marzo de un año, corresponden al ciclo lectivo del año anterior. ¿Qué significa ser “estudiante regular” en la UTN? Se considera “estudiante regular” para un Ciclo Lectivo determinado a aquel alumno que aprobó dos materias en el Ciclo Lectivo anterior o actual. De lo contrario se lo considera “Estudiante No Regular”. ¿En qué época del año se puede solicitar un certificado de alumno regular? Durante todo el año. ¿A cuántas materias me puedo inscribir por año? Los alumnos se pueden inscribir a todas las materias que el régimen de correlatividades le permita, siempre y cuando no haya superposición horaria en el dictado de las mismas. Si no soy estudiante regular, ¿Qué certificado puedo pedir para presentar ante la Obra Social, empresa de transporte, etc.? En estos casos se debe tramitar la restitución de la condición de estudiante regular para fines socioeconómicos. |
Información de contacto
depto.alumnos@frro.utn.edu.ar Instagram: @utnalumnosfrro Teléfono: 0341-4481871 // int. 125 Dirección: Zeballos 1341 |
LLAMADO A CONCURSOS DOCENTES:
Mail: concursos@frro.utn.edu.ar
| Reglamentos | ||
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| 1273 | Reglamento de Concursos para la designación de profesores en la Universidad Tecnológica Nacional | clik aquí |
| 1181 | Reglamento de Concursos para la designación de Docentes Auxiliares en la UTN - Deroga Ordenanza Nº 898. | clik aquí |
| 964 | Aprueba los lineamientos para la designación de Docentes con Dedicación Exclusiva | clik aquí |
Para más información: Zeballos 1341 1º Piso de 16:00 a 19:00 hs.-
Mail: concursos@frro.utn.edu.ar
DIPLOMAS
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Para retirar tu Diploma deberás presentarte en la oficina del Dpto. Títulos y Egresados con tu DNI FÍSICO.
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HORARIOS DE ATENCIÓN:
Jueves de 16Hs a 19.30Hs. (Sin turno previo).
DEPARTAMENTO TÍTULOS Y EGRESADOS
(Títulos de Grado y Títulos Intermedios).
HORARIOS DE ATENCIÓN
Jueves de 16Hs a 19.30Hs. (Sin turno previo).
SOLICITUD DE TÍTULO
Para iniciar el trámite de título, los interesados deberán presentarse en el día de atención con la siguiente documentación:
IMPORTANTE:
RETIRO DE TÍTULOS
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En caso que no pueda retirarlo el titular, un tercero podrá hacerlo presentando un poder general ante escribano público (original y copia) y DNI del apoderado.
RETIRO DE ANALÍTICOS
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CONTACTO:
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1° Reunión Ordinaria Virtual de Consejo Directivo
Fecha: Miércoles, 11 de marzo de 2026.
Hora: 18:00 hs.
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REUNIÓN VIRTUAL COMISIÓN DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y POSGRADO
Fecha: Jueves, 05 de marzo de 2026.
Hora: 18:00 hs.
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REUNIÓN VIRTUAL COMISIÓN DE ENSEÑANZA
Fecha: Viernes, 06 de marzo de 2026.
Hora: 18:00 hs.
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REUNIÓN VIRTUAL COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN DE NORMAS Y REGLAMENTOS
Fecha: Jueves, 05 de marzo de 2026.
Hora: al finalizar la Comisión de CCTyP.
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COMISIÓN DE PRESUPUESTO
Rosario, 14 de octubre de 2014
VISTO el Expediente del Consejo Directivo N° 131/2014, relacionado con la solicitud de modificación del Reglamento Interno del Consejo Directivo, y
CONSIDERANDO
Que es necesario adecuar el artículo 6º de dicho Reglamento Interno al Estatuto Universitario vigente.
Que dado el rápido avance de las actividades de Ciencia, Tecnología y Posgrado que tienen lugar en el ámbito de la Facultad Regional Rosario y la envergadura de las problemáticas a resolver cotidianamente, es necesario disponer de herramientas para alcanzar el gerenciamiento de manera eficiente, y jerarquizar el desarrollo de las mismas.
Que es necesario actualizar el marco normativo que regula la organización y el desarrollo de las actividades en dicha área.
Que para ello se propone la creación de la Comisión de Ciencia, Tecnología y Posgrado, como Comisión Permanente del Consejo Directivo.
Que por lo tanto, corresponde modificar el artículo 8º - COMISIONES INTERNAS, del Reglamento Interno del Consejo Directivo.
Que la Comisión de Interpretación de Normas y Reglamentos analizó las modificaciones propuestas y aconsejó la aprobación de la presente Resolución.
Por ello y atento a las atribuciones otorgadas por el artículo 85º del Estatuto Universitario.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD REGIONAL ROSARIO
DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Reglamento Interno del Consejo Directivo, que se agrega en el Anexo I de la presente Resolución, adecuando el artículo 6º del mismo al Estatuto Universitario vigente, y creando, como Comisión Permanente del Consejo Directivo, la Comisión de Ciencia, Tecnología y Posgrado.
ARTÍCULO 2º.- Dejar sin efecto la Resolución del Consejo Directivo Nº 157/2009.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese. Cumplido, archívese.
Fdo. Ing. Rubén F. Ciccarelli
Decano
Fdo. Dra. Sonia J. Benz
Secretaria Académica
ANEXO I
RESOLUCIÓN Nº 729/2014
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL
FACULTAD REGIONAL ROSARIO
CONSEJO DIRECTIVO
REGLAMENTO INTERNO
ARTÍCULO 1º.- INTEGRANTES TITULARES: De acuerdo a lo normado por el Estatuto Universitario, en su artículo 108º, y teniendo en cuenta la actual conformación de los Departamentos Académicos en la Facultad Regional Rosario, el Consejo Directivo de la misma se integra con los siguientes miembros titulares:
ARTÍCULO 2º.- INTEGRANTES SUPLENTES:
(a) El Vicedecano es el suplente del Decano, o en ausencia de ambos, por el Consejero Docente más antiguo en el ejercicio de la docencia universitaria. Quien presida el Consejo decidirá con su voto en caso de empate.
(b) Cada uno de los representantes indicados en los ítems (b) a (e) del artículo anterior tiene su suplente que lo reemplaza de acuerdo a lo que establece el artículo 5º de la presente norma.
ARTÍCULO 3º.- PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO: La presidencia es ejercida por el Decano, o en su ausencia, por el Vicedecano; en caso de que ninguno de ellos esté presente, la misma será desempeñada por el Consejero Docente titular de mayor antigüedad en el desempeño de la docencia en el ámbito de la Facultad Regional Rosario.
ARTÍCULO 4º.- SECRETARÍA DEL CONSEJO DIRECTIVO: La Secretaría estará a cargo del Secretario Académico y, en su ausencia, por quien designe el Presidente.
ARTÍCULO 5º.- RÉGIMEN DE SUPLENCIA Y DELEGACIÓN:
ARTÍCULO 6º.- FUNCIONES Y ATRIBUCIONES:
1 - Consejo Directivo: de acuerdo al artículo 85º del Estatuto Universitario le corresponde:
2 – Presidencia:
3 – Secretaría:
ARTÍCULO 7º.- QUÓRUM: el Consejo sesiona válidamente con la presencia de la mitad más uno de sus miembros con derecho a voto.
ARTÍCULO 8º.- COMISIONES INTERNAS: Se constituyen con al menos, UN (1) representante por cada claustro integrante del Consejo. Son Comisiones permanentes las de Enseñanza, de Interpretación de Normas y Reglamentos, de Presupuesto y la de Ciencia, Tecnología y Posgrado.
1 – COMISIÓN DE ENSEÑANZA:
La Comisión asociada a la Enseñanza, tendrá competencia en los siguientes asuntos:
2 – COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN DE NORMAS Y REGLAMENTOS:
La Comisión asociada a la Interpretación de Normas y Reglamentos, tendrá competencia en los siguientes asuntos:
3 – COMISIÓN DE PRESUPUESTO:
La Comisión asociada al Presupuesto, tendrá competencia en los siguientes asuntos:
4 – COMISIÓN DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y POSGRADO:
La Comisión asociada a Ciencia, Tecnología y Posgrado, tendrá competencia en los siguientes asuntos:
5 – COMISIONES ESPECIALES – SUB-COMISIONES:
La presidencia del Consejo por sí, o a propuesta del Consejo, puede constituir comisiones especiales para el tratamiento de cuestiones comprendidas o no, en las precedentemente establecidas por este Reglamento.
ARTÍCULO 9º.- INTEGRACIÓN, AUTORIDADES Y QUÓRUM DE LAS COMISIONES INTERNAS:
1 – INTEGRACIÓN: todos los Consejeros deben integrar alguna de las Comisiones. La integración de las Comisiones tienen carácter permanente mientras dure el mandato del Consejero. Los Consejeros titulares pueden integrar más de una Comisión. Los Consejeros suplentes reemplazan a los titulares de acuerdo al régimen de suplencias establecido en el artículo 5º de la presente norma. El Decano o su reemplazante, como así también los demás Consejeros, pueden asistir a las reuniones de Comisiones que no integren, con voz pero sin voto.
2 – AUTORIDADES: cada Comisión elegirá su propio presidente y secretario a simple pluralidad de sufragios. Los despachos serán informados y fundados por el presidente de la Comisión o el miembro informante que la Comisión designe especialmente.
3 – QUÓRUM: las Comisiones tienen quórum con la simple mayoría de sus miembros.
ARTÍCULO 10º.- ASUNTOS GIRADOS A COMISIONES: las Comisiones sólo pueden producir despachos sobre los asuntos que le hubieren sido girados por:
ARTÍCULO 11º.- REGISTROS Y DESPACHOS DE LAS COMISIONES: Las Comisiones no están obligadas a llevar libro de actas de sus sesiones pero sí a registrar, por escrito, el temario considerado en cada reunión; la confección de este registro es responsabilidad del presidente de la Comisión y de la Secretaría del Consejo.
Además los despachos que emita, tanto el de mayoría, como el de minoría que hubieren, deben estar firmados por los Consejeros presentes que adhieran a los mismos y ser elevados al Departamento Despacho del Consejo Académico a sus efectos. Cada despacho debe contener, en forma breve y concisa, los fundamentos y/o motivaciones de la resolución que propone. Las Comisiones pueden sesionar en forma conjunta y unificar despachos.
ARTÍCULO 12º.- SESIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: el Consejo Directivo fija los días y horas de sesiones ordinarias. Las sesiones extraordinarias son determinadas y convocadas por el Decano por si o a propuesta de UN TERCIO (1/3), al menos, de los miembros del Consejo.
ARTÍCULO 13º.- ORDEN DE LAS SESIONES: En toda sesión se seguirá el siguiente orden:
ARTÍCULO 14º.- ORDEN DEL DÍA: El Orden del Día se debe redactar mediante el siguiente procedimiento:
ARTÍCULO 15º.- OBLIGACIONES DE LOS CONSEJEROS:
ARTÍCULO 16º.- LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN: El levantamiento de la sesión depende de una resolución del Consejo Directivo, previa moción de orden al efecto, o por indicación de la presidencia cuando se hubiere agotado el Orden del Día. Queda levantada cuando se aprobare el retiro de un Consejero que deje sin quórum la sesión.
ARTÍCULO 17º.- TRAMITACIÓN DE ASUNTOS:
1. Todo asunto elevado para su tratamiento por el Consejo Directivo deber ser presentado por escrito, con los antecedentes y respaldo documental que corresponda, ante el Departamento Mesa de Entradas quien derivará al Departamento Despacho del Consejo Directivo.
2. Por medio del Departamento Despacho del Consejo Directivo se inicia, con la documentación recibida, un expediente foliado que se asienta en el Registro para ese fin.
3. Una vez completo el expediente, secretaría lo pone a disposición de la presidencia quien evalúa el mismo y gira a la Comisión que corresponda, incluyéndolo además, en el Orden del Día de la sesión siguiente.
4. Los eventuales pasos que puedan surgir de los tratamientos en Comisión se efectúan por intermedio del Departamento Despacho del Consejo Directivo con asiento en los registros correspondientes.
5. Luego del tratamiento por el Consejo Directivo, por medio de secretaría, se adjunta al expediente él o los despachos producidos, previamente firmados por los miembros de Comisión; en cada despacho debe dejarse constancia de la fecha en que tuvo lugar su aprobación.
A través de secretaría se confecciona la resolución, declaración, comunicación, nota o circular, a la que haya dado lugar el despacho aprobado y se pasa al expediente.
6. La secretaría debe disponer de un archivo donde lleve copia de las resoluciones y documentos emanados por el Consejo Directivo.
ARTÍCULO 18º.- CONSIDERACIÓN: Los asuntos elevados al Consejo Directivo sólo pueden ser considerados por éste cuando cuenten con despacho de Comisión y/o hayan sido incluidos por la presidencia en el Orden del Día, salvo que el mismo resuelva abocarse directamente a su estudio, constituyéndose en Comisión o tratándolo sobre tablas, previo trámite de las mociones pertinentes.
ARTÍCULO 19º.- FORMA DE LOS DESPACHOS: Todo proyecto o asunto aprobado por el Consejo Directivo debe estar redactado por escrito, pudiendo tomar alguna de las siguientes formas:
ARTÍCULO 20º.- DISCUSIÓN EN GENERAL: El tratamiento de todas las cuestiones debe comenzar su análisis en forma global, sobre aspectos esenciales de la propuesta.
ARTÍCULO 21º.- DISCUSIÓN EN PARTICULAR: Aprobado en general, todo proyecto pasa a estudiarse punto por punto en particular. Durante esta discusión pueden tratarse mociones modificadoras o de sustitución de artículos o párrafos de la propuesta en tratamiento. Si los miembros de la Comisión aprueban las rectificaciones, éstas se incorporan sin votación. En caso de oposición se resuelve por votación, luego de una breve fundamentación de las posiciones contrarias.
ARTÍCULO 22º.- VOTACIONES: Las votaciones son por signo, a menos que se solicite como moción de orden, que se realice en forma nominal.
Cuando en este reglamento no se establezca una mayoría especial, se entiende que basta la simple mayoría de los presentes.
En caso de igualdad en una votación, prevalece el voto del presidente del Consejo.
ARTÍCULO 23º.- SESIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO EN COMISIÓN: Pueden resolverse por votación todas las cuestiones que se planteen durante la discusión pero, antes de pasarse a votar en general el proyecto, debe declararse cerrado el debate previa moción de orden o a indicación del Presidente.
ARTÍCULO 24º.- MOCIONES DE ORDEN: Es moción de orden toda proposición que tenga uno de los siguientes objetos:
1. SE VOTAN SIN DISCUSIÓN (por simple mayoría)
2. SE VOTA PREVIA DISCUSIÓN BREVE (por simple mayoría)
3. SE VOTA PREVIA DISCUSIÓN (DOS TERCIOS (2/3) de los miembros presentes con derecho a voto)
ARTÍCULO 25º.- MOCIÓN DE PREFERENCIA: La moción de preferencia para anticipar el tratamiento de un asunto se aprueba por simple mayoría:
ARTÍCULO 26º.- MOCIÓN DE TRATAMIENTO SOBRE TABLAS: La moción para tratar uno o más asuntos previamente entrados o propuestos en la misma sesión, es aprobada:
ARTÍCULO 27º.- MOCIÓN DE RECONSIDERACIÓN: una moción de reconsideración de una Resolución adoptada en la misma sesión, requiere para su aprobación, DOS TERCIOS (2/3) de los votos de los consejeros presentes con derecho a voto.
ARTÍCULO 28º.- Las mociones de orden, preferencia, sobre tablas y reconsideración pueden ser presentadas en cualquier momento y son previas a la consideración de otro punto; se discuten brevísimamente, salvo las indicadas en el artículo 24º, punto 1, de la presente norma, y se votan sin discusión.
ARTÍCULO 29º.- Las siguientes mociones, relacionadas con una votación, se ejecutan sin discusión ni votación:
ARTÍCULO 30º.- OTRAS MOCIONES:
Decide el Presidente. Si éste hace lugar, y el orador pretende estar en la cuestión, se vota si se le retira o no la palabra (simple mayoría de votos).
Decide el Presidente. Si éste hace lugar, y si el orador no retira o explica sus palabras, se lo llama al orden por segunda vez. A la tercera llamada se vota si se le retira el derecho al uso de la palabra por el resto de la sesión (DOS TERCIOS (2/3) de los miembros presentes con derecho a voto).
Decide el Presidente. Si éste hace lugar, y el infractor reincide, se vota si hay o no trasgresión al reglamento (simple mayoría de votos).
Debe ser apoyada por simple mayoría de los Consejeros presentes. Se pasa de inmediato a sesión secreta y en ella se discute, y luego se vota, si continúa o no la sesión en esas condiciones (DOS TERCIOS (2/3) de los miembros presentes con derecho a voto).
ARTÍCULO 31º.- ACTAS DEL CONSEJO DIRECTIVO: Las actas deben redactarse con los índices y subtítulos que permitan encontrar fácilmente los asuntos tratados y las resoluciones adoptadas. Cada acta debe estar precedida por el Orden del Día y por los asuntos entrados, seguidas por las cuestiones tratadas.
ARTÍCULO 32º.- En el Departamento Despacho del Consejo Directivo se labrarán las actas correspondientes a cada una de las sesiones. Las actas serán foliadas y sometidas a consideración en la siguiente reunión del Consejo Directivo. Una vez aprobadas, serán encuadernadas, refrendadas por el Decano y Secretario Académico y archivadas en el Departamento Despacho del Consejo Directivo; las mismas quedan a disposición de los consejeros, o miembros de la comunidad universitaria, para su eventual consulta.
ARTÍCULO 33º.- RÉGIMEN DE INASISTENCIAS: el cómputo de las inasistencias se hace por trimestre calendario (enero a marzo, abril a junio, julio a setiembre y octubre a diciembre). Es causal de cesación automática de un consejero como tal, su ausencia sin razón debidamente justificada ante el Consejo Directivo, a la mitad de las sesiones a las que fuera convocado durante un trimestre. Las inasistencias mencionadas se refieren indistintamente tanto a sesiones del Consejo Directivo como de la Comisión en la que el consejero está integrado. El Decano debe dar cuenta de la vacante en la primera sesión del Consejo que sea posible.
ARTÍCULO 34º.- VACANTES: las vacantes de consejeros titulares son cubiertas por los suplentes. Si por sucesivas renuncias quedan vacantes uno o más cargos titulares el Decano debe llamar a elecciones dentro de los TREINTA (30) días de producidas las mismas para concretar la representación de los claustros hasta la finalización del mandato; éste proceso no interrumpe el funcionamiento del Consejo.
ARTÍCULO 35º.- DIFUSIÓN DE LOS ACTOS DE GOBIERNO: es responsabilidad de la Secretaría del Consejo Directivo, la difusión –para conocimiento de toda la comunidad de la Facultad Regional Rosario- de todo lo atinente al funcionamiento y cumplimiento de las obligaciones del mismo; a través de publicaciones impresas, carteleras, etc., deben darse a conocer los proyectos y temas ingresados para su consideración, el tratamiento dado a los mismos, las resoluciones tomadas, etc. Debe asegurarse la distribución de esta información a los Directores de Departamentos, a los integrantes de los Consejos Departamentales a las Asociaciones y Centros de Estudiantes y Graduados, así como a las entidades gremiales docentes y no docentes.
ARTÍCULO 36º.- Cualquier cuestión no contemplada en el presente reglamento debe ser resuelta aplicando por analogía el Reglamento del Consejo Superior, o en su defecto, el de la Cámara de Diputados de la Nación.
ESTRUCTURA DEL CONSEJO DIRECTIVO
Presidente: Ing. Rubén F. CICCARELLI 7 Consejeros Docentes 3 Consejeros Alumnos 3 Consejeros Graduados 1 Consejero No DocenteCONSEJEROS DIRECTIVOS
PERÍODO 03/10/2024 AL 02/10/2026
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CONSEJEROS TITULARES |
CONSEJEROS SUPLENTES |
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Giordani, Claudio Marcelo |
Pellegrini, Armando M. F. |
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Salerno, Juan José |
Arraña, Ignacio |
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Gázquez, Néstor Héctor |
Rodríguez Gallegos, Andrés Gustavo |
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Mackler, César Eliecer |
Ferrari, Leonardo Carlos |
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Tomé Catalá, Hernán Gustavo |
Ripani, Luciano Ernesto |
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Stoppani, Fernando Santiago |
Panero, Ariel Raul Adrian |
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Cibils, Guillermo Daniel |
Delfratte, Evangelina Soledad |
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Pogliacomi, Fabián Rodolfo |
Fornasier, Gaston Alejandro |
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Benitez, Matías Daniel |
Candussi Baez, Emiliano |
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Zschetzschingck, Maria Cecilia |
Cesolari, Luisina Magali |
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Sebriá, Alejo Bernardo |
Navarro, Franco Martin |
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Cainelli, Camila Belén |
Salbucci Pafumi, Nicolás Jesús |
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Lanza, Alberto Mario |
Ibañez, Marcelo Hugo |
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Mussi, Fernanda Benita |
Bahamonde, Manuel Angel |
COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN DE NORMAS Y REGLAMENTOS
Presidente: Ing. Lanza, Alberto Mario
Secretario: Ing. Mussi, Fernanda Benita
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CONSEJEROS TITULARES |
CONSEJEROS SUPLENTES |
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Giordani, Claudio Marcelo |
Pellegrini, Armando M. F. |
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Mackler, César Eliecer |
Ferrari, Leonardo Carlos |
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Stoppani, Fernando Santiago |
Panero, Ariel Raul Adrian |
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Cibils, Guillermo Daniel |
Delfratte, Evangelina Soledad |
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Pogliacomi, Fabián Rodolfo |
Fornasier, Gaston Alejandro |
|
Benitez, Matías Daniel |
Candussi Baez, Emiliano |
|
Zschetzschingck, Maria Cecilia |
Cesolari, Luisina Magali |
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Sebriá, Alejo Bernardo |
Navarro, Franco Martin |
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Cainelli, Camila Belén |
Salbucci Pafumi, Nicolás Jesús |
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Lanza, Alberto Mario |
Ibañez, Marcelo Hugo |
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Mussi, Fernanda Benita |
Bahamonde, Manuel Angel |
COMISIÓN DE ENSEÑANZA
Presidente: Ing. Cibils, Guillermo Daniel
Secretario: Ing. Gázquez, Néstor Héctor
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CONSEJEROS TITULARES |
CONSEJEROS SUPLENTES |
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Giordani, Claudio Marcelo |
Pellegrini, Armando M. F. |
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Salerno, Juan José |
Arraña, Ignacio |
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Gázquez, Néstor Héctor |
Rodríguez Gallegos, Andrés Gustavo |
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Mackler, César Eliecer |
Ferrari, Leonardo Carlos |
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Tomé Catalá, Hernán Gustavo |
Ripani, Luciano Ernesto |
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Stoppani, Fernando Santiago |
Panero, Ariel Raul Adrian |
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Cibils, Guillermo Daniel |
Delfratte, Evangelina Soledad |
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Pogliacomi, Fabián Rodolfo |
Fornasier, Gaston Alejandro |
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Benitez, Matías Daniel |
Candussi Baez, Emiliano |
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Zschetzschingck, Maria Cecilia |
Cesolari, Luisina Magali |
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Sebriá, Alejo Bernardo |
Navarro, Franco Martin |
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Cainelli, Camila Belén |
Salbucci Pafumi, Nicolás Jesús |
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Lanza, Alberto Mario |
Ibañez, Marcelo Hugo |
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Mussi, Fernanda Benita |
Bahamonde, Manuel Angel |
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CONSEJEROS TITULARES |
CONSEJEROS SUPLENTES |
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Giordani, Claudio Marcelo |
Pellegrini, Armando M. F. |
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Tomé Catalá, Hernán Gustavo |
Ripani, Luciano Ernesto |
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Stoppani, Fernando Santiago |
Panero, Ariel Raul Adrian |
|
Cibils, Guillermo Daniel |
Delfratte, Evangelina Soledad |
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Pogliacomi, Fabián Rodolfo |
Fornasier, Gaston Alejandro |
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Benitez, Matías Daniel |
Candussi Baez, Emiliano |
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Zschetzschingck, Maria Cecilia |
Cesolari, Luisina Magali |
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Sebriá, Alejo Bernardo |
Navarro, Franco Martin |
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Cainelli, Camila Belén |
Salbucci Pafumi, Nicolás Jesús |
|
Lanza, Alberto Mario |
Ibañez, Marcelo Hugo |
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Mussi, Fernanda Benita |
Bahamonde, Manuel Angel |
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CONSEJEROS TITULARES |
CONSEJEROS SUPLENTES |
|
Giordani, Claudio Marcelo |
Pellegrini, Armando M. F. |
|
Salerno, Juan José |
Arraña, Ignacio |
|
Mackler, César Eliecer |
Ferrari, Leonardo Carlos |
|
Stoppani, Fernando Santiago |
Panero, Ariel Raul Adrian |
|
Cibils, Guillermo Daniel |
Delfratte, Evangelina Soledad |
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Pogliacomi, Fabián Rodolfo |
Fornasier, Gaston Alejandro |
|
Benitez, Matías Daniel |
Candussi Baez, Emiliano |
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Zschetzschingck, Maria Cecilia |
Cesolari, Luisina Magali |
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Sebriá, Alejo Bernardo |
Navarro, Franco Martin |
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Cainelli, Camila Belén |
Salbucci Pafumi, Nicolás Jesús |
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Lanza, Alberto Mario |
Ibañez, Marcelo Hugo |
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Mussi, Fernanda Benita |
Bahamonde, Manuel Angel |
Solicitud de Certificado Analítico y de Alumno Regular
Dicha certificación se solicita en el Departamento Alumnos en los horarios de atención o por medio de la Autogestión Alumnos (portal de trámites).
Restitución de la condición de alumno regular
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Ordenanza 1549, art. 7.4 Sin embargo se podrá restituir la condición de alumno regular de manera administrativa en los casos absolutamente justificados y a los fines de resolver cuestiones de carácter socioeconómico. |
Libreta Universitaria
Será entregada al alumno que apruebe cuatro exámenes finales. Es condición necesaria para el cambio de libreta haber entregado en el Departamento Alumnos copia legalizada del título de la secundaria o del certificado analítico. |
En caso de extravío o robo se podrá solicitar un duplicado de cualquiera de estas libretas presentando la denuncia policial correspondiente.
Inscripción a asignaturas sin dar cumplimiento al régimen de correlatividades
Cuando al alumno le faltare para terminar de cursar su carrera un número de asignaturas cuya carga horaria no supere el equivalente del último año de la misma no se aplicará el Régimen de Correlatividades vigente; esto no lo exime de respetar el Régimen de Correlatividades para rendir la evaluación final de las asignaturas cursadas bajo esta excepción.
El trámite se realiza por medio de la Autogestión Alumnos (portal de trámites) o presencialmente en el Departamento Alumnos.
Plazo de entrega del formulario: durante el periodo de inscripción a cursado.
Solicitud de legalización de programas analíticos
El trámite se realizará personalmente en el Departamento Alumnos o a través de la Autogestión Alumnos (portal de trámites).
El expediente de legalización de programas analíticos será remitido al Rectorado de nuestra Universidad para la certificación de las firmas incluidas en el mismo. En caso de ser presentado en el exterior, será remitido además al Ministerio de Capital Humano y deberá especificarse el lugar o la institución donde va a ser presentado.
Solicitud de reinscripción a asignaturas
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Según la Ordenanza N° 1549, todo estudiante que desee recursar asignaturas que tenga regularizadas podrá hacerlo mediante nota fundada dirigida al Director del Departamento en cuestión, quien autorizará la solicitud. El trámite se realiza presencialmente en el Departamento Alumnos o por medio de la Autogestión Alumnos (portal de trámite). Plazo de entrega del formulario: durante el periodo de inscripción al cursado.
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Reconocimiento de equivalencias por asignaturas aprobadas en otra institución educativa argentina
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Podrá solicitarse el reconocimiento por equivalencias de las asignaturas aprobadas en universidades argentinas, públicas o privadas legalmente reconocidas, con diseños curriculares de cuatro o más años de estudio posteriores a los de nivel medio.
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EQUIVALENCIAS 2026 El procedimiento de ingreso por equivalencias 2026 se realizará de manera digital, debiendo el alumno presentar toda la documentación en formato PDF y luego entregarla en formato papel en el Departamento Alumnos.
- TIPOS DE HOMOLOGACIONES: 1) Ingreso por equivalencia 2026 2) Alumno actual de UTN que haya ingresado por ingreso directo y que presenta por primera vez el expediente durante el año 3) Alumno actual de UTN por ingreso por equivalencia que presenta ampliación del expediente
- PLAZO DE ENTREGA DEL EXPEDIENTE: Desde el 05/05/2025 al 19/09/2025. Si la solicitud implicara el ingreso por equivalencias este se hará efectivo a partir del ciclo lectivo siguiente.
- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA: .Plan de estudio de la carrera que incluya asignaturas y carga horaria, legalizado por la Universidad de origen. .Certificado de materias aprobadas. .Constancia de no sanción disciplinaria. .Programas analíticos legalizados por la Universidad de origen. .Fotocopia del D.N.I. .Fotocopia legalizada de la partida de nacimiento. .Constancia del número de CUIL. .Fotocopia legalizada del título de la secundaria o certificado analítico.
- NOTA AL DECANO (EN FORMATO PDF) El alumno deberá enviar una nota al Decano con la solicitud correspondiente. La misma deberá mencionar de manera obligatoria la siguiente información: nombre completo del alumno, D.N.I., nombre de la carrera y universidad de origen, nombre de la carrera y universidad de destino.
- MODO DE ENVÍO DEL EXPEDIENTE: La documentación y la nota al Decano deberán ser enviados a equivalencias@frro.utn.edu.ar
SI FALTASE ALGUNA DOCUMENTACIÓN O INFORMACIÓN SOLICITADA EN LA PÁGINA WEB NO SE DARÁ INICIO AL TRÁMITE. |
Reconocimiento de equivalencias por asignaturas aprobadas en otra institución educativa extranjera
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Podrá solicitarse el reconocimiento por equivalencias de las asignaturas aprobadas en instituciones extranjeras universitarias, o de jerarquía similar, cuando los títulos que expiden tengan validez legal en el propio país de origen y de acuerdo con las disposiciones que rijan en oportunidad de tramitarse el pedido de equivalencias.
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| El trámite se realizará personalmente en el Departamento Alumnos. |
Solicitud de Pase a otra Facultad Regional de la U.T.N.
| Aquellos alumnos que decidan continuar sus estudios en otra Facultad Regional de la Universidad tienen que solicitar el trámite de "pase" a dicha Regional. Para eso deben acercarse al Departamento Alumnos para completar el formulario y recibir mayor información del trámite en cuestión. |
Solicitud de Pase desde otra Facultad Regional de la U.T.N. a la Facultad Regional Rosario
Aquellos alumnos que han solicitado Pase a nuestra Facultad Regionaldeben tramitar su inscripción provisoria en el Departamento Alumnos con el certificado de “Pase en Trámite” hasta tanto se diligencie desde la otra regional el expediente definitivo.
Cursado sin pase a otra Facultad Regional
El alumno podrá solicitar cursar asignaturas en otra Facultad Regional (sin necesidad de generar el trámite de pase definitivo), para ello deberá realizar dicho trámite en la Facultad de origen.
MESAS ESPECIALES OCTUBRE 2019
PERÍODO PARA SOLICITAR MESA ESPECIAL: 31/09 AL 04/10/2019
ÚNICA FECHA PARA INSCRIBIRSE A LAS MESAS SOLICITADAS: 08/10/2019
SEMANA DE EXAMEN: 21/10 AL 25/10/2019
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: IMPRIMIR NOTA AL DECANO DEL LINK DE BEDELÍA INFORMA
LUGAR: VENTANILLA DE LEGAJOS Y ACTAS
HORARIO: LUNES-MARTES-JUEVES-VIERNES de 9 a 12 y de 18 a 20 hs
MIÉRCOLES de 18 a 20 hs
DPTO.ING.CIVIL
ANÁLISIS ESTRUCTURAL II
INSTALACIONES SANITARIAS Y DE GAS
CIMENTACIONES
CONSTRUCCIONES METÁLICAS Y DE MADERA
PROYECTO FINAL
ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN
INGENIERÍA LEGAL
ORGANIZACIÓN Y CONDUCCIÓN DE OBRAS
VÍAS DE COMUNICACIÓN I
DPTO. ING. ELÉCTRICA
SISTEMAS DE POTENCIA
GENERACIÓN TRANSMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA
TRANSMISIÓN DE DATOS EN SISTEMAS ELÉCTRICOS
ACCIONAMIENTOS Y CONTROLES ELÉCTRICOS
TEORÍA DE LOS CAMPOS
PROYECTO FINAL
DPTO.QUÍMICA
MECÁNICA ELÉCTRICA INDUSTRIAL
INGENIERÍA DE LAS REACCIONES QUÍMICAS
INTEGRACIÓN IV
OPERACIONES UNITARIAS I
PROYECTO FINAL
QUÍMICA ANALÍTICA APLICADA
OPERACIONES UNITARIAS II
FÍSICO QUÍMICA
QUÍMICA ANALÍTICA
CONTROL AUTOMÁTICO DE PROCESOS
TECNOLOGÍA DE LA ENERGÍA TÉRMICA
CONTROL ESTADÍSTICO DE PROCESOS
FENÓMENOS DE TRANSPORTE
U.D.B. LEGISLACIÓN Y ECONOMÍA
LEGISLACIÓN (IM-IQ)
U.D.B.MATEMÁTICA
PROBABILIDAD Y ESTADÍSTICA (IM)
DPTO. ING. EN SISTEMAS
ADMINISTRACIÓN GERENCIAL
PROYECTO FINAL
SISTEMAS DE GESTIÓN
INVESTIGACIÓN OPERATIVA
ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS
GESTIÓN INGENIERIL
TEORÍA DE CONTROL
DPTO. ING. MECÁNICA
MEDICIONES Y ENSAYOS INDUSTRIALES
ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL
ESTABILIDAD II
INSTALACIONES INDUSTRIALES